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VISIÓN DE LIDERAZGO, DEMOCRACIA Y DESARROLLO SOCIAL EN LOS ABOGADOS JÓVENES Printable Version PRINTABLE VERSION
by CHRISTIAN PARDO, Peru Jun 26, 2008
Education , Culture , Globalization   Opinions

  



a) La Juventud y la Defensa Judicial del Estado.-

En el Perú están vigentes el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa
del Estado en Juicio -, dado por el gobierno militar de Juan Velasco y entre el año 2002 y 2003 durante el gobierno de Alejandro Toledo, se dio la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, que entre otras novedades, creaba las Procuradurías en los Gobiernos Locales y Regionales respectivamente, cuya función sería encargarse de la defensa judicial de sus intereses.

Analizando las mismas hemos identificado que existen incompatibilidades para el ejercicio de la defensa en sus juicios, pues de los procuradores municipales y/o regionales designados, son poquísimos los que cumplen con los quince años de ejercicio como abogados, tal como lo dispone el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias.

Alcaldes y tal vez presidentes regionales, se han visto obligados o se podrán ver a cambiar a sus procuradores - la parte contraria puede impugnar a dichos abogados - y así evitar que sus instituciones queden en estado de indefensión. También han sido denunciados estas autoridades, por la presunción de designar y contratar ilegalmente. La ley debe ser para ayudar a la gestión pública y no para entorpecerla.

Por ello, le propusimos a María Zavala, ex ministra de Justicia del Perú, que sean los abogados con un mínimo de 5 años de ejercicio profesional, los que defiendan a las municipalidades distritales, los que tengan más de 10 años como abogados colegiados a las municipalidades provinciales y a los Gobiernos Regionales letrados con 15 años de colegiatura. Esto respetando la jerarquía y las instancias de gobierno.

Ojalá que la actual ministra de Justicia y la Comisión respectiva del Congreso del Perú, tome en consideración estas sugerencias, ya que estaría dándole el mecanismo legal adecuado a los jóvenes para su desarrollo profesional y facilitándole el trabajo a las autoridades ediles y regionales. Hay que recordar que en el Perú hay 1,828 municipalidades distritales, 194 municipalidades provinciales y 25 gobiernos regionales. Se genera una gran posibilidad, si consideramos que el estudiante universitario promedio se recibe de abogado a los 24 años, para que jóvenes profesionales defiendan al Estado y lo hagan de manera eficiente.


b) Los jóvenes en el Consejo de Ministros.-

Hans Kelsen nos enseñó con su Pirámide el orden de prelación de los dispositivos legales, colocando a la Constitución en la cima y debajo de ella a otras normas jurídicas de menor jerarquía, entre ellas las de carácter administrativo. Es por ello interpusimos una Acción Popular – que ya fue admitida - para que se deje sin efecto el Decreto Supremo Nº 010-2007-ED, que bajo la modalidad de fusión por absorción “se extinguió” a la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ. Entendemos que se buscó eliminar la presencia de la juventud del gabinete ministerial, así como a los estamentos de la juventud organizada. En la práctica en CNJ - CONAJU ya no existe. Se creó la Secretaria Nacional de la Juventud, órgano olvidado y reducido en el Ministerio de Educación.

El Consejo Nacional de la Juventud (CONAJU), fue creado por Ley Nº 27802 y de acuerdo a esta, su presidencia tiene rango de ministro y un asiento con voz en las sesiones del Consejo de Ministros. Un derecho ganado por la juventud peruana por su defensa de la Democracia y Estado de Derecho, en las épocas del régimen dictatorial del sentenciado Fujimori, fue desaparecido del mapa por un Decreto Supremo. Estamos seguros que la Sétima Sala Civil de Lima nos dará la razón y le devolverá la jerarquía que tuvo.


Lideres del cambio y desarrollo social

El 2008 ha sido declarado por la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno como el “Año Iberoamericano de la Juventud”, no presentándose esta situación desde que la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró en 1985 “ Año Internacional de la Juventud”.

Esta coyuntura debe ser capitalizada, demostrando el joven profesional del derecho que es un verdadero líder del cambio. Su primera tarea debe ser realizada con su entorno más cercano, es decir con su localidad. Debe constituir un equipo de trabajo con compromiso social. Quienes lo constituyan deben tener la preparación necesaria para realizar una gestión eficiente y eficaz, capaces de presentar proyectos viables que sean de beneficio general y así como de realizar la función fiscalizadora que la ley señala. Recuerden que somos agentes clave para el desarrollo social, económico y la innovación tecnológica.

También y sin perder de vista el acontecer nacional e internacional debemos lograr que el Congreso de la República del Perú ratifique la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ), y de esta manera se unirá a República Dominicana, Ecuador, Honduras, España, Costa Rica y Uruguay como países comprometidos en implementar los derechos consagrados en la Convención.







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CHRISTIAN PARDO


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adham tobail
Adham Tobail | Jul 3rd, 2008
Good information about cities and the participation of a beautiful Adham

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