by CHRISTIAN PARDO REYES
Published on: Jun 26, 2008
Topic:
Type: Opinions

VISIÓN DE LIDERAZGO, DEMOCRACIA Y DESARROLLO SOCIAL EN LOS ABOGADOS JÓVENES

Por: Christian Pardo Reyes (*)
Presidente de la Internacional Juvenil (IJ)

“Primer Encuentro Universitario del Derecho Iberoamericano, PERÚ 2008”
Consejo Iberoamericano en Honor a la Calidad Educativa
Martes 24 de junio de 2008
Auditorio del Consejo Iberoamericano en Honor a la Calidad Educativa - Lima


Perspectivas del joven abogado

El derecho es una constante búsqueda de la justicia y celosa defensora de la libertad irrestricta de la persona, por eso cuando el jurista uruguayo Eduardo Couture, nos dice en los dos primeros mandamientos del decálogo del abogado: “Estudia. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos Abogado; y Piensa. El Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando”. Aquí Couture identificó las principales responsabilidades para el ejercicio exitoso de nuestra profesión, donde la donde la ética y la moral son los pilares para el desenvolvimiento profesional.
Se debe reconocer que el Derecho es una de las carreras universitarias más versátiles y de mayor adaptación, pues el abogado se puede desempeñarse en diferentes áreas profesionales, pudiendo hacerlo, tanto en el sector privado como en el público

Nuestra carrera recibe diversas influencias, desde la medicina, pasando por las ingenierías hasta las nuevas tecnologías. La globalización como fenómeno social, económico y político, ha creado nuevas condiciones para todos.

En el Perú, según el Colegio de Abogados de Lima, existen actualmente 76 mil abogados, alrededor de 80 mil estudiantes de derecho y 78 facultades donde se enseña esta profesión; y se siguen creando lo que sin duda generará en un futuro próximo la saturación del mercado, y la precarización de la profesión si no somos previsores.

Muchos jóvenes abogados y estudiantes de derecho se sienten hasta estafados. No quiero con ello desmoralizarlos, ni algo por estilo. Sólo les estoy mostrando el panorama que se nos avecina si es que no estamos preparados. La competencia hace que necesariamente nos especialicemos en temas que nos permitan desenvolvernos adecuadamente y gozar de una vida decorosa con el ejercicio de nuestra profesión.

El joven abogado debe elegir las ramas del derecho que no están saturadas o estén reformulándose, así como las que traen las nuevas mega tendencias que casi siempre
surgen del exterior. Claro que no debemos resignarnos a ello, pues nosotros también podemos crear nuevas formas de ver el derecho. Por ello Couture sigue vigente.


Debemos estudiar y prepararnos para competir en mundo que cambia a pasos galopantes y que lamentablemente no espera.


Jóvenes abogados y la Democracia

Este año el mundo recordó los 40 años de mayo de 68, mes en el que la juventud parisina se levantó contra el gobierno de Charles de Gaulle y el sistema capitalista imperante, pero casi nadie recuerda que la juventud peruana hace 11 años, en junio del 97, salió a las calles para manifestar su compromiso indoblegable con la Democracia y el Estado de Derecho, denunciando la defenestración de los miembros del Tribunal Constitucional.

Dicha acción juvenil fue el inicio de la caída del régimen fujimontesinista, el más corrupto de la historia del Perú. Aquellas movilizaciones lideradas, en principio, por estudiantes de Derecho y luego por toda la juventud peruana, rechazaban las malsanas formas de utilizar el derecho para fines delictivos. Se dieron cuando parecía que todos aceptábamos, resignados, que estos delincuentes se quedaban 20 años más en el control del gobierno. Los jóvenes ya no fuimos la “reserva moral del país”, sino que nos convertimos en el sector social más activo del Perú.

La juventud peruana no fue la misma. Desde esa época se mostró con mayor protagonismo en la escena pública. Desde el 2001 venimos promoviendo el Diezmo Juvenil que es una teoría política que busca asegurar la participación efectiva de los jóvenes en la toma de decisiones de gobierno. En el tiempo se viene configurando como una Política de Estado que impulsa la activa participación de personas jóvenes en todos los niveles de gobierno en la toma de decisiones y en la auditoria gubernamental y social. Esta propuesta esta plasmada en la ley de cuotas para elecciones municipales Ley N° 28869 y en el Plan Nacional de Juventud 2006 - 2011

Creo que desde esa fecha el Perú no fue el mismo, como por ejemplo tener cifras macroeconómicas importantes, se perfile la reducción de la pobreza extrema, haya más empleo, pero que aún seamos, según el Banco Mundial, uno de los países mas desiguales del mundo, donde los pocos tienen mucho y los muchos tengan poco.

En Democracia se supone que el pueblo tiene el poder, y como decía Winston Churchill “…es el menos malo de los sistemas políticos”, ya que no existe sistema perfecto. En un sistema de gobierno democrático se respetan los derechos individuales de la persona, existe división e independencia de poderes y cualquier ciudadano puede elegir o ser elegido como autoridad. Todo esto lo establece la Constitución Politica del Estado. Nuestro compromiso como demócratas es defender la Carta Magna y hacer que se cumpla. Por ello quiero compartir con ustedes algunos casos prácticos de cómo podemos ejercer nuestros derechos como abogados y ciudadanos, utilizando los canales legales correspondientes:


a) La Juventud y la Defensa Judicial del Estado.-

En el Perú están vigentes el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa
del Estado en Juicio -, dado por el gobierno militar de Juan Velasco y entre el año 2002 y 2003 durante el gobierno de Alejandro Toledo, se dio la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, que entre otras novedades, creaba las Procuradurías en los Gobiernos Locales y Regionales respectivamente, cuya función sería encargarse de la defensa judicial de sus intereses.

Analizando las mismas hemos identificado que existen incompatibilidades para el ejercicio de la defensa en sus juicios, pues de los procuradores municipales y/o regionales designados, son poquísimos los que cumplen con los quince años de ejercicio como abogados, tal como lo dispone el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias.

Alcaldes y tal vez presidentes regionales, se han visto obligados o se podrán ver a cambiar a sus procuradores - la parte contraria puede impugnar a dichos abogados - y así evitar que sus instituciones queden en estado de indefensión. También han sido denunciados estas autoridades, por la presunción de designar y contratar ilegalmente. La ley debe ser para ayudar a la gestión pública y no para entorpecerla.

Por ello, le propusimos a María Zavala, ex ministra de Justicia del Perú, que sean los abogados con un mínimo de 5 años de ejercicio profesional, los que defiendan a las municipalidades distritales, los que tengan más de 10 años como abogados colegiados a las municipalidades provinciales y a los Gobiernos Regionales letrados con 15 años de colegiatura. Esto respetando la jerarquía y las instancias de gobierno.

Ojalá que la actual ministra de Justicia y la Comisión respectiva del Congreso del Perú, tome en consideración estas sugerencias, ya que estaría dándole el mecanismo legal adecuado a los jóvenes para su desarrollo profesional y facilitándole el trabajo a las autoridades ediles y regionales. Hay que recordar que en el Perú hay 1,828 municipalidades distritales, 194 municipalidades provinciales y 25 gobiernos regionales. Se genera una gran posibilidad, si consideramos que el estudiante universitario promedio se recibe de abogado a los 24 años, para que jóvenes profesionales defiendan al Estado y lo hagan de manera eficiente.


b) Los jóvenes en el Consejo de Ministros.-

Hans Kelsen nos enseñó con su Pirámide el orden de prelación de los dispositivos legales, colocando a la Constitución en la cima y debajo de ella a otras normas jurídicas de menor jerarquía, entre ellas las de carácter administrativo. Es por ello interpusimos una Acción Popular – que ya fue admitida - para que se deje sin efecto el Decreto Supremo Nº 010-2007-ED, que bajo la modalidad de fusión por absorción “se extinguió” a la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ. Entendemos que se buscó eliminar la presencia de la juventud del gabinete ministerial, así como a los estamentos de la juventud organizada. En la práctica en CNJ - CONAJU ya no existe. Se creó la Secretaria Nacional de la Juventud, órgano olvidado y reducido en el Ministerio de Educación.

El Consejo Nacional de la Juventud (CONAJU), fue creado por Ley Nº 27802 y de acuerdo a esta, su presidencia tiene rango de ministro y un asiento con voz en las sesiones del Consejo de Ministros. Un derecho ganado por la juventud peruana por su defensa de la Democracia y Estado de Derecho, en las épocas del régimen dictatorial del sentenciado Fujimori, fue desaparecido del mapa por un Decreto Supremo. Estamos seguros que la Sétima Sala Civil de Lima nos dará la razón y le devolverá la jerarquía que tuvo.


Lideres del cambio y desarrollo social

El 2008 ha sido declarado por la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno como el “Año Iberoamericano de la Juventud”, no presentándose esta situación desde que la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró en 1985 “ Año Internacional de la Juventud”.

Esta coyuntura debe ser capitalizada, demostrando el joven profesional del derecho que es un verdadero líder del cambio. Su primera tarea debe ser realizada con su entorno más cercano, es decir con su localidad. Debe constituir un equipo de trabajo con compromiso social. Quienes lo constituyan deben tener la preparación necesaria para realizar una gestión eficiente y eficaz, capaces de presentar proyectos viables que sean de beneficio general y así como de realizar la función fiscalizadora que la ley señala. Recuerden que somos agentes clave para el desarrollo social, económico y la innovación tecnológica.

También y sin perder de vista el acontecer nacional e internacional debemos lograr que el Congreso de la República del Perú ratifique la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ), y de esta manera se unirá a República Dominicana, Ecuador, Honduras, España, Costa Rica y Uruguay como países comprometidos en implementar los derechos consagrados en la Convención.

La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes (CIDJ), es un tratado internacional de derechos humanos que fue firmado el 11 de octubre del 2005 en Badajoz, siendo el primer y único tratado internacional del mundo que reconoce a la juventud como un segmento de la población con derechos especiales. Ha sido desarrollada y promovida por la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ), siendo su alcance de aplicación los 22 países que conforman la comunidad iberoamericana de naciones, beneficiando a la población que oscila de entre 15 y 24 años de edad.

La Convención consta de 44 artículos que establecen una serie de derechos civiles y políticos (Derecho a la vida, acceso a la justicia, libertad de pensamiento y religión, libertad de expresión, reunión y asociación, etc.); económicos y sociales (Derecho a la
educación, a la educación sexual, a la cultura y el arte, al trabajo, a la vivienda, entre otros).

consideramos de tal vital importancia la ratificación de la Convención para reconocer a los y las jóvenes como sujetos de derechos, como actores estratégicos del desarrollo y como personas capaces de ejercer responsablemente sus derechos; para lograr remediar la situación de desigualdad que viven miles de jóvenes por diversas razones.

Se debe garantizar la no discriminación de las personas jóvenes, ni de nadie en razón de raza, el color, el origen nacional, la pertenencia a una minoría nacional, étnica o cultural, el sexo, la orientación sexual, la lengua, la religión, las opiniones, la condición social, las aptitudes físicas, o la discapacidad, el lugar donde se vive, los recursos económicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, tal como lo establece el artículo 5° de la Convención.

La CIDJ es una herramienta legal que dará el soporte jurídico necesario a nuestro gobierno, para el desarrollo de políticas públicas destinadas a la juventud. Todo ello debe estar en armonía con la legislación nacional interna, sentencias del Tribunal Constitucional y los tratados internacionales sobre derechos humanos y otros con los que nuestro país está comprometido.

Estas son sólo algunas de las acciones que podemos asumir, ahora les queda a ustedes identificar los nuevos retos que tendrán que asumir como profesionales del derecho. Es decir el futuro esta en sus manos y en su mente. ¡Adelante juventud!


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