|
El cómplice silencio del MINEDU y de la SNJ no sólo desconoce la política del Estado referida a los derechos de las y los jóvenes, sino que sigue sentenciando a miles de ciudadanas y ciudadanos peruanos a acoso, persecución, violaciones y asesinatos. ¿No recuerdan la presentación del Plan, que sostiene que “el Estado peruano deberá rendir cuentas sobre su cumplimiento”[11]?
A pocas horas de conmemorarse el Día Internacional de los Derechos Humanos, la historia coloca en un lugar privilegiado a Chang Escobedo y a Puente de la Mata: pueden enmendar los graves errores de Carmen Vegas, ex presidenta del CONAJU, o guardar un cómplice silencio.
Lima, 07 de diciembre de 2007
-------------------------------------------------
[1] Preámbulo de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes.
[2] Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, artículo 2º.
[3] Ibíd. Artículo 5º.
[4] Oficina de Asesoría Jurídica / CONAJU. Informe Nº 054-2005-CNJ/OAJ: Informe Complementario sobre la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes. Lima: 8 de agosto de 2005. p.1. El subrayado es mío.
[5] La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Cossey vs. Reino Unido determina que se debe tener presente el contenido de la normatividad nacional para el reconocimiento de los matrimonios, a fin de argumentar que el debate relacionado a las uniones entre parejas homosexuales no ha sido concluido. Véase: CONAJU. Sustentación de las Reservas del Estado Peruano a la Convención Iberoamericana de Derecho de los Jóvenes. Adjunto a la Carta Nº 194-2005-CNJ-CONAJU/P de la Presidenta del CONAJU al Secretario General de la Organización Iberoamericana de Juventud. Lima: 5 de octubre de 2005.
[6] CONAJU. Lineamientos de Política Nacional de Juventudes: Una Apuesta para Transformar el Futuro. Lima: 2005. p.23.
[7] Ibíd.
[8] Los Lineamientos de Política Nacional de Juventudes: Una Apuesta para Transformar el Futuro fueron aprobados por el Decreto Supremo Nº 061-2005-PCM, publicado el 07 de agosto de 2005.
[9] El Plan Nacional de la Juventud, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 038-2006-PCM del 03 de junio de 2006, constituye uno de los principales encargos de la CONAJU según su ley de creación y es, además, el “instrumento central que orienta la labor del Estado, y a su vez”. Véase: CONAJU. Plan Nacional de la Juventud. Lima: julio de 2006. p.08.
[10] Ibíd. p.22-23.
[11] Ibíd. p.08.
|
Tags
jóvenes, derechos, discriminación, orientaciónsexual, gay, lesbiana, travesti, bisexual, perú, mhol, conaju, identidaddegénero
You must be logged in to add tags.
Writer Profile
Gio Infante
Giovanny Romero Infante (Lima, 1988) es activista gay en derechos humanos, estudiante de periodismo, comunicador del Movimiento Homosexual de Lima (Mhol) y miembro del comité de comunicadores de la Coordinadora Nacional Multisectorial en Salud (Conamusa). Ha formado parte del equipo central de "Somos peruanos, somos diversos, seámoslo siempre", primera campaña peruana nacional y descentralizada para disminuir el estigma y discriminación por orientación sexual, identidad de género y ejercicio del trabajo sexual. Actualmente prepara uno de los capítulos del Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos de Lesbianas, Travestis, Gays y Bisexuales en Perú 2006 - 2007.
|
Comments
You must be a TakingITGlobal member to post a comment. Sign up for free or login.
|
|