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La discriminación en los tiempos del CONAJU Printable Version PRINTABLE VERSION
by Gio Infante, Peru Jun 7, 2008
Human Rights   Opinions
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Reflexiones acerca de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, su mutilación en el Consejo Nacional de la Juventud y el Día Internacional de los Derechos Humanos

Giovanny Manuel Romero Infante (Lima, 1988).
E-mail: gromero@mhol.org.pe

Haciendo gala de una aterradora fusión entre lo absurdo y lo inconstitucional, Aguinaga y otros ‘padres’ de la patria llevaron al pleno del Congreso su particular visión acerca de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes. Sin embargo, los congresistas no son tan creativos, hicieron copy and paste de los argumentos del Ministerio de Relaciones Exteriores respaldados por el otrora “ministerio de la juventud”.

A estas alturas, a pocos sorprende que en Torre Tagle se argumente sobre una relación entre el derecho a no ser discriminado por orientación sexual y el matrimonio homosexual –con lo que se pretende negar el principio de la no discriminación-, sin embargo sorprende (y asquea) que el Consejo Nacional de la Juventud (CONAJU) haya hecho suyo el argumento a fin de recortar un tratado internacional que promueve los derechos de los jóvenes.

Una reserva anunciada

El 11 de octubre de 2005 España albergó a los ministros de juventudes de Iberoamérica con el ánimo de que los jóvenes cuenten con “las bases jurídicas que reconozcan, garanticen y protejan sus derechos, asegurando así la continuidad y el futuro de nuestros pueblos”[1]. La Convención, en ese sentido, busca eliminar las situaciones de desigualdad que enfrentamos miles de jóvenes, a fin que todos podamos “gozar y disfrutar de todos los derechos humanos”[2] sin distinción por motivo alguno, como la orientación sexual[3].

Hasta ahí, la historia de la Convención es más que romántica, sin embargo los archivos de la CONAJU contienen más de una línea que lo vinculan a las elucubraciones de los sectores confesionales instalados en Torre Tagle.

Casi dos meses antes de la suscripción de la Convención, la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) de la CONAJU señaló que “si bien estamos de acuerdo con la no discriminación, incluso por orientación sexual, entendemos que la suscripción sin reserva, en cuanto a este tema, podría generar grandes complicaciones a la legislación”[4] ya que reconocer que las lesbianas, travestis, gays y bisexuales son iguales ante la ley dejaría la puerta abierta para que exijan el derecho a casarse como cualquier ciudadana/o heterosexual.

Así, desde el supuesto que las lesbianas, travestis, gays y bisexuales queremos casarnos desesperadamente, y a fin de evitar al Estado la “gran complicación” de modificar la normatividad para que todas y todos los peruanos seamos iguales ante la ley, la OAJ/CONAJU se adhirió a las recomendaciones de la Cancillería respecto a las reservas a los artículos 5º, 14º y 20º de la Convención. Incluso, a fin de validar la retrógrada postura, cita sentencias internacionales[5] con las que pretenden validar su posición.

Finalmente, con poderes plenipotenciarios y reservas anunciadas, Carmen Vegas Guerrero, entonces presidenta del CONAJU, suscribió la Convención en representación del Estado peruano.

Probablemente Vegas no recordó que su despacho responde a “los principios constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho de todos los ciudadanos peruanos a no ser discriminados”[6], a fin de cumplir con la expectativa juvenil de “ser reconocidos como diferentes pero con igualdad de oportunidades”[7].

En este sentido, las reservas planteadas, argumentadas y sostenidas por el despacho de Vegas colisionan con los principios constitucionales a los que responden los Lineamientos de Política Nacional de Juventudes: Una Apuesta para Transformar el Futuro[8], documento base del CONAJU en el que se basa el Plan Nacional de la Juventud, ambos documentos política de Estado.

Me pesa tu silencio… cómplice

Sin embargo el debate no termina en el carácter inconstitucional de las reservas, ni en con cuántas normas internacionales, regionales y nacionales colisiona.

En el Ministerio de Educación (MINEDU), que alberga a la ahora Secretaría Nacional de Juventudes (SNJ), nadie se da por enterado de las reservas planteadas ni de las responsabilidades que del sector en la promoción de políticas que promuevan los derechos de los jóvenes sin ningún tipo de discriminación.

Es probable que ni Chang Escobedo ni Puente de la Mata, ministro de educación y secretaria nacional de la SNJ respectivamente, recuerden –por las artes del olvido selectivo- que el Plan Nacional de la Juventud[9] se erige integrando el enfoque de equidad de género, que “promueve la igualdad entre mujeres y hombres y entre las personas con orientación sexual diversa. Asumen como objetivo la eliminación de toda forma de discriminación, maltrato o violencia basada en el género y la orientación sexual”[10].

En este sentido, corresponde al MINEDU y a la SNJ pronunciarse inmediatamente enmendando la sustentación de las reservas planteadas a la Convención, además de tomar acciones que promuevan los derechos de las y los jóvenes no heterosexuales.





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Gio Infante


Giovanny Romero Infante (Lima, 1988) es activista gay en derechos humanos, estudiante de periodismo, comunicador del Movimiento Homosexual de Lima (Mhol) y miembro del comité de comunicadores de la Coordinadora Nacional Multisectorial en Salud (Conamusa). Ha formado parte del equipo central de "Somos peruanos, somos diversos, seámoslo siempre", primera campaña peruana nacional y descentralizada para disminuir el estigma y discriminación por orientación sexual, identidad de género y ejercicio del trabajo sexual. Actualmente prepara uno de los capítulos del Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos de Lesbianas, Travestis, Gays y Bisexuales en Perú 2006 - 2007.
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